El lucro cesante en la nueva Ley 35/2015 de valoración de daños en accidentes de tráfico

Una de las novedades más trascendentes de la nueva Ley 35/2015 de valoración de los daños y perjuicios causados a las personas en accidentes de circulación es el tratamiento del lucro cesante (la ganancia o utilidad económica que se ha dejado de obtener). Hasta ahora se compensaba aplicando un porcentaje sobre el perjuicio personal, hubiese o no habido menoscabo económico, a diferencia de la nueva Ley, que aplica un modelo actuarial.

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